Bitar Chacra Sergio

Área de elementos

Taxonomía

Código

Nota(s) sobre el alcance

  • Codigo: 35687

Nota(s) sobre el origen

  • https://archivommdh.cl/index.php/bitar-chacra-sergio

Mostrar nota(s)

    Términos jerárquicos

    Bitar Chacra Sergio

    Término General Víctima Valech (A - B)

    Bitar Chacra Sergio

      Términos equivalentes

      Bitar Chacra Sergio

        Términos asociados

        Bitar Chacra Sergio

          2 Descripción archivística results for Bitar Chacra Sergio

          2 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados
          Autorización y Poder
          CL MMDH 00000526-000006-000001 · item · 1974-11-16
          Parte de Bitar Chacra Sergio

          Autorización y Poder. A 16/09/1974 ante la Autoridad Militar del Campamento Militar de Ritoque y del señor Notario de Quintero, Sergio Bittar Chacra, chileno, mayor de edad, ingeniero civil, viene a otorgar la siguiente autorización y mandato especial: Autorizar a mi cónyuge María Eugenia Hirmas Rubio para que pueda salir del país y efectúe ante las autoridades correspondientes todos los trámites necesarios para tal efecto.- Confiero poder especial a mi cónyuge Doña María Eugenia Hirmas, para que autorice y realice todos los trámites necesarios ante Notario, Juzgado de Menores, si procediere, Impuestos Internos, Identificación y demás necesarios para que salgan del país nuestros menores hijos Javier, Rodrigo y Patricia Bitar Hirmas.

          Bitar Chacra, Sergio OK
          Notificación
          CL MMDH 00000526-000006-000002 · item · 1974-11-07
          Parte de Bitar Chacra Sergio

          Notificación. En Santiago a 07/11/1974, en las oficinas del Departamento de Extranjería y Policía Internacional se procede a notificar a: Sergio Bitar Chacra, chileno, casado con María Eugenia Hirmas Rubio, estudios universitarios, del contenido del Decreto N°1749 de 28 de Octubre de 1974 del Ministerio del Interior, en el cual dispone que debe abandonar el país dentro del plazo de ocho (8) días, contados desde la fecha de su notificación, advirtiéndosele que si no lo hiciere se le expulsará del territorio Nacional. Con firma y timbre.